PUBLICIDAD


12/Ene/03
Nuevos lineamientos para otorgar publicidad oficial

(NI). La SEGOB afinó sus mecanismos para asignar publicidad gubernamental a los medios de comunicación, mediante el "Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para la orientación, planeación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal", publicado el 26 de diciembre en el DOF. Respecto a los medios impresos, la SEGOB incorporó una nueva fórmula para calcular el promedio de la circulación pagada, en la que se incluye el total de las ventas directas y las ventas a través de canales de distribución, las suscripciones, las devoluciones sobre las ventas, la circulación pagada y el número de ediciones evaluadas. El documento hace una diferencia entre los tiempos de Estado --referidos en el Artículo 59 de la Ley de Radio y Televisión y en su Reglamento-- y los tiempos fiscales --referidos en el Decreto por el que se autoriza a la SHCP a recibir de los concesionarios de estaciones de radio y televisión el pago de impuestos, publicado el 10 de octubre de 2002 en el DOF--. Los lineamientos señalan también que cualquiera de las campañas publicitarias que pague alguna de las dependencias federales, deberá ser notificada a la SFP. Cualquier secretaría de Estado, en su carácter de cabeza de sector, tendrá una dirección general de normatividad en comunicación, la cual coordinará a las instituciones dependientes que deberán notificar el monto, concepto y mensaje o campaña que pretenda realizar. Asimismo, la dependencia recomienda que se efectúen estudios sobre impacto de las campañas que realicen, ya sea en medios impresos o en medios electrónicos. Tales análisis deberán llevarse a efecto en un plazo no mayor a 60 días después de haberse difundido el mensaje o la campaña correspondiente. En relación con los medios impresos, la dependencia puntualiza que la contratación no podrá exceder las tarifas comerciales y deberán especificarse todos los detalles correspondientes a la publicación. Dichos medios deberán contar con estudio sobre el perfil de sus lectores, el cual será efectuado por una instancia ajena a los mismos. En el caso de los medios electrónicos, las dependencias y entidades deberán consultar con los medios públicos de información disponible sobre la cobertura geográfica, las audiencias y la programación antes de contratar la publicidad. Asimismo destaca que la contratación deberá concretarse siempre que haya congruencia entre la población objetivo y la audiencia del medio.

DOF, Primera Sección PP.1-12 (26/Dic/03); Proceso PP.57, 58 (11/Ene/04); Jor, Política P.19 (12/Ene/04)

Quiénes somos  Directorio  Anunciate  Suscripciones 
 Números anteriores  Sitios de interés
Inicio

fundacionbuendia@prodigy.net.mx