Puntal
de la democracia, según la teoría
liberal clásica
De
la libertad de prensa al derecho a la
información
José
Luis Esquivel
Profesor
de periodismo en la Universiad Autónoma
del Nuevo León.
Doctor por la complutense de Madrid.
Recoger
o reunir información; transmitirla
y comunicarla; publicar, divulgar y
emitir noticias, así como el
derecho irrestricto a recibir noticias
y opiniones por cualquier medio de información,
son principios que consagra la teoría
liberal clásica, porque el derecho
a la información, como disciplina
jurídica, nace ante la necesidad
de reglamentar y organizar el ejercicio
de un derecho natural del hombre, reconocido
en las leyes fundamentales de los diversos
países modelados en el ámbito
jurídico-político de los
Estados de Derecho.
Después de que el alemán
Johann Gutenberg creó en Maguncial
los tipos metálicos móviles
para echar a andar la prensa en occidente
en 1450, su invento debió enfrentar
a dos enemigos poderosos: por un lado,
aquellos que veían como un
instrumento del demonio el nuevo
sistema de difusión múltiple
de mensajes escritos y trataron de acallar
su voz para que no se produjeran sin
autorización libros, folletos
ni hojas noticiosas, y por otro, aquellos
que hicieron mal uso de tan valiosa
herramienta para llenar de textos incendiarios
y difamatorios su entorno.
En
sus inicios, el invento de Gutenberg
fue sometido por el poder político
y eclesiástico principalmente.
Por su parte, la lucha de los sectores
culturales de la época se centró
en conseguir una amplia libertad de
imprenta para editar libros que después
se extendería al campo de la
prensa, cuando se vio, a partir de 1505,
la utilidad de los zeitungen
en Alemania, las gacetas italianas,
que antes eran manuscritas, los news,
corantos y mercurios ingleses y las
nouvelles o courrieres francesas.
Sin
embargo, el camino se vio sumamente
estropeado por las malas artes de quienes
se dedicaban a producir libros prohibidos
en Francia, llamados libelles
(ataques calumniosos a las figuras públicas
a quienes se conoce colectivamente como
les grands y ahora los
famosos). Esos libros eran subgéneros
de la literatura de escándalo
desde el Renacimiento, y pertenecían
a una vieja variedad del enlodamiento
que casi siempre se quedaba en la alcantarilla,
en donde entran esos libelles, especialmente
los de los años setenta y ochenta
del siglo XVIII.
En
lo legal, el libelo (del latín:
libellus, dimunitivo de liber=libro)
o librito subrepticio, representa el
delito de difamación, pues se
le asocia en su origen francés
a todo panfleto que contiene ataques
calumniosos contra personas prominentes.
En síntesis: es un escrito ofensivo
u obra injuriosa.
En
1560, de acuerdo con investigaciones
de Robert Darnton,1
apareció esta proclama en Francia:
Todos
los productores de carteles y libelles
difamatorios [...] que tiendan a infamar
al pueblo y provocarlo hasta la sedición,
serán condenados como enemigos
de la paz pública y criminales
culpables de lése-majesté.
Calumnia
y sedición –continúa
Robert Darnton– parece caracterizar
la historia de los libelles políticos
desde el siglo XVI hasta el XVIII.
Entre
1648 y 1653 se publicaron en toda Francia
cinco mil panfletos con el mismo tipo
de vituperio personal y relato de intrigas,
lo cual demuestra que la efervescencia
política y la consecuente lucha
por el poder propició que esos
escritos se utilizaran para conspiraciones
o golpes bajos contra rivales de una
causa.
Los
enemigos del Rey y de su esposa se amparaban
en estos textos salidos de las prensas
a escondidas y repartidos de noche,
para destilar todo el veneno contra
ellos y tratar de minimizar su poder,
atacando de igual forma a cuanta figura
pública les mereciera desprecio
o fuera considerada un obstáculo
en la consecución de sus metas.
Ante
estas circunstancias, la autoridad constituida
y la Iglesia desconfiaban de todo lo
que salía de la imprenta y le
ponían la lupa especialmente
cuando, en 1631, el médico Teofrastro
Renaudot obtuvo del Rey de Francia el
privilegio de la exclusividad de las
noticias para su Gaceta de Francia,
con el amparo de sus protectores, el
padre José y el cardenal Richelieu.
Con
el nacimiento de tal órgano oficioso
del gobierno, semanalmente, se inicia
el sistema informativo de la prensa
en el mundo hasta conseguir a mitad
del siglo XIX el nombre propiamente
de periodismo. Por eso, se considera
que Renaudot fue quien arrojó
la primera simiente de las publicaciones
con estructura noticiosa y periodicidad,
cuyo avance fue sorprendente para su
época, a pesar del nulo desarrollo
de la prensa de Gutenberg.
Los
orígenes
Coincidentemente
por esas mismas fechas, en Inglaterra
comienza la lucha por la libertad de
prensa, pues diversas trabas legales
limitaban la difusión de las
hojas de noticias impresas en forma
periódica, debido a la consolidación
del régimen parlamentario.
El
monarca de entonces, Carlos I, quien
gobernó de 1625 a 1649, provocó
el enojo de los críticos de su
gobierno, quienes lograron ser los líderes
en el mundo en su aspiración
por soltar los amarres de la imprenta
para la libre circulación de
las ideas, pues su respuesta a los afanes
represores sentó las bases para
que en Francia también se levantaran
los grupos inconformes contra quienes
querían el silencio o la complicidad
de los medios escritos.
Todo
empezó cuando Carlos I de Inglaterra
disolvió el parlamento en varias
ocasiones porque la Cámara trató
de imponer el criterio único
de la mayoría parlamentaria sobre
los muchos criterios individuales
del monarca. En una de esas clausuras
parlamentarias decretadas por el rey,
su consejero político principal,
el arzobispo de Canterbury, William
Laud, lo previno sobre los efectos de
su mandato sobre la democracia.
El
rey le propuso al Arzobispo que se despreocupara,
pues “la democracia es sólo
una bufonada de los griegos, que atribuye
cualidades extroardinarias a las personas
ordinarias. Todos sabemos que eso no
es posible: ¡que disuelvan el
Parlamento!”
Craso
error del principio absolutista de Carlos
I, y después del mismo Parlamento
al promulgar en 1643 las leyes de censura
durante la guerra civil, pues la democracia
se sustenta en el poder del pueblo y
el ideal de la democracia jamás
ha dejado de estar influido por las
versiones liberales primigenias, en
las que el derecho a la manifestación
del pensamiento ha sido objeto de afanes
teórico-prácticos significativos
desde la antigüedad. Por eso el
ingrediente individualista, que tal
corriente enarbolaba, ganó y
defendió un espacio de expresión
opuesto a las actitudes monopolizadoras
de los regímenes monárquicos
y de sus intelectuales orgánicos.
Y
si en tiempos de Carlos I en Inglaterra
se promovió en el ámbito
económico la producción
y el intercambio de mercancías
sin barreras, la demanda en el plano
intelectual fue idéntica y triunfó
el grupo que abogó por la libre
circulación de las ideas y la
expresión sin cortapisas de opiniones
y razonamientos orales o impresos, ajenos
de sometimiento alguno a los poderes
del dinero, de la política y
de la religión, sustrato de lo
que hoy llamamos libertad informativa
y opinión pública.
Inglaterra
es la cuna de ese movimiento emancipador
que tiene como símbolo a John
Milton (1608-1674), pues con sus obras,
en particular con su Aeropagítica,
en 1644 sentó las bases para
la defensa de uno de los derechos naturales
de los seres humanos y argumentó
la necesidad de cambio social y exterminio
de la tiranía de los señores
feudales, así como el poder de
los dos pilares del trono: la Iglesia
y la nobleza.
Sostén
de la libre opinión escrita en
inglés, la Aeropagítica
planteó a los magistrados una
pregunta inquietante que no quieren
oír ni siquiera hoy día
los déspotas del poder: “¿Qué
ocurriría si la libertad de imprenta
se redujera al poder de unos pocos?”
Esta
postura sobre la paternidad británica
de la teoría liberal clásica
fue reforzada por John Stuart Mill (1806-1873),
en su libro titulado Sobre la libertad
en 1859, que todavía es
considerado como el análisis
liberal más convincente acerca
de los límites que deben respetar
los gobernantes en el ejercicio de su
poder sobre los ciudadanos.
Antes
de Stuart Mill, otro inglés,
John Loke (1632-1704) había defendido
las condiciones de libertad e igualdad
perfectas de la especie humana, y en
su libro Ensayo sobre el gobierno
civil (1690) señaló
los males de la autocracia y fue guía
para el reformador de la prensa británica,
Joseph Addison (1672-1719), fundador
de The Spectator, que apareció
de marzo de 1711 a diciembre de 1712,
y al que siguieron Jonathan Swift (1667-1745),
Daniel Defoe (1660-1731) y Samuel Johnson
(1709-1784), representantes de la mejor
tradición del periodismo crítico,
a través de sus creaciones literarias
y sus luchas políticas.
Francia se encumbra
François
Marie Arouet, mejor conocido como Voltaire
(1694-1776) vivió en Inglaterra
entre 1726 y 1729. A su regreso a Francia
añoraba que su país tuviera
a su servicio libros, periódicos
y sociedades organizadas como los británicos,
que tanto les ayudaban a éstos
a tener una innegable independencia
de espíritu para “decir
lo que pensaban” y comunicar al
público cuanto querían.2
David
Hume (1711-1776), filósofo e
historiador escocés, reconocía
que eso que expresaba Voltaire era lo
que más sorprendía a los
extranjeros que llegaban a Inglaterra,
pues el avance en su defensa de la libertad
de prensa era digno de imitarse en todas
partes.
Por
eso Voltaire popularizó de inmediato
los principios de Milton y la filosofía
de Locke –a manera de catecismo
antiabsolutista– como base teórica
de la democracia liberal fincada en
el individualismo y sustrato de las
Declaraciones de derechos y
muy pronto serían la bandera
de los estadunidenses en su lucha por
la independencia en 1776, y por los
revolucionarios de Francia en 1789,
que bebieron hasta las heces de La
Enclopedia o diccionario de las ciencias,
de las artes y de las materias, preparado
durante 21 años por Jean Le Rond
D’Alambert (1717-1783) y Denis
Diderot (1713-1784), empeñados
en exaltar el derecho de las personas
a ejercer su pensamiento y expresión
sin trabas, cuya consagración
quedó plasmada en la Declaración
de los Derechos del Hombre en agosto
de 1789 y que un siglo y medio después,
la Organización de las Naciones
Unidas refrendó en la Declaración
Universal de los Derechos del Hombre,
en diciembre de 1948.
El derecho a la información
Todo
el peso de las ideas de los intelectuales
ingleses y franceses, más el
sometimiento que hizo de la política
al derecho el alemán Emmanuel
Kant (1724-1804), desembocó en
la consagración del Derecho a
la Información, cuando los modernos
medios de comunicación, al desplazar
a la prensa de su sitio único,
fueron considerados como una plataforma
para que pudieran utilizarlos todos
los seres humanos o beneficiarse de
ellos.
El
Derecho a la Información abarca,
por tanto, todas las antiguas y nuevas
libertades de derecho natural en relación
con el fenómeno informativo,
porque si bien es cierto que la libertad
de imprenta era exactamente para la
impresión de libros y la libertad
de prensa era cabalmente para la prensa,
ahora ya no es posible hablar de otro
derecho que no sea el que pertenece
a los hombres, tanto a los emisores
como a los receptores del proceso comunicacional.
Recoger
o reunir información; transmitirla
y comunicarla; publicar, divulgar y
emitir noticias, así como el
derecho irrestricto a recibir noticias
y opiniones por cualquier medio de información,
son principios que consagra la teoría
liberal clásica, porque el Derecho
a la Información, como disciplina
jurídica, nace ante la necesidad
de reglamentar y organizar el ejercicio
de un derecho natural del hombre, reconocido
en las leyes fundamentales de los diversos
países modelados en el ámbito
jurídico-político de los
Estados de Derecho.
Todos
tenemos derecho a informar y a estar
informados, a expresar ideas y recibirlas,
y a no ser objeto de persecución
por lo que decimos o escribimos apegados
a las leyes y a la ética.3
Notas
1) Nexos, México,
agosto de 1995, pp. 37-45.
2) Edmundo González
Blanco, Historia del periodismo, Biblioteca
Nueva, Madrid, 1919, pp. 137-138.
3) José Luis
Martínez Albertos, La información
en una sociedad industrial. Función
de los medios masivos en un universo
democrático, Tecnos, Madrid,
1981.
El
siguiente es un ejemplo de cómo
debe citar este artículo
Esquivel,
José Luis, "De la libertad
de prensa al derecho a la información",
en Revista Mexicana de Comunicación,
México, No. 105, junio- julio
2007, pp 22.