Por
Esto!,17 de febrero de 2008
Derecho
de la información
El
IFAI contra sí mismo
Ernesto
Villanueva
El
miércoles pasado, a puerta cerrada,
el Instituto Federal de Acceso a la
Información Pública (IFAI)
entregó su propuesta a los diputados,
sobre una nueva ley en materia de acceso
a la información pública.
Se trata de una cortina de humo que
aparenta ser lo que no es. Más
todavía, si se aprueba en sus
términos, la propuesta del IFAI
representaría un peligroso retroceso
para el derecho a saber. Veamos sólo
algunos ejemplos que sustentan lo que
aquí afirmo.
Primero.
La propuesta de "Ley Federal de
Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Protección de
Datos Personales" no tiene lección
aprendida alguna por lo que se refiere
a los plazos de reserva. Deja intacta
la posibilidad de clasificar la información
como reservada para siempre. En distintas
leyes estatales como Veracruz, Tabasco,
Morelos, Chihuahua y el Distrito Federal
existen plazos fijos que, incluyendo
prórroga, no rebasan en ningún
caso los 12 años.
Segundo.
El IFAI propone eliminar la figura de
la afirmativa ficta, actualmente prevista
en el artículo 53 de la ley federal.
Esa institución protege al gobernado,
frente a la negligencia de la autoridad
que calla ante una solicitud de información.
Esa conducta, la ley la sanciona obligando
a la autoridad a proporcionar la información
sin costo alguno, salvo que sea reservada
o confidencial. Ahora, en esa propuesta,
el silencio de la autoridad no es causal
de infracción a la ley. A la
fecha, 24 leyes estatales prevén
este mecanismo que amplía el
acceso a la información.
Tercero.
El IFAI propone ampliar los plazos de
respuesta ante solicitudes de información,
al pasar, por ejemplo, de 5 a 10 días
cuando se trate de aclaraciones. Peor
aún, abre la posibilidad para
que la información sea entregada
a juicio de la autoridad "en un
plazo mayor" sin establecer plazos
límites, circunstancia que reducirá
la disponibilidad de acceso. Hoy, por
el contrario, todas las leyes locales
establecen plazos límites, en
mayor o menor medida, para que se proporcione
la información solicitada.
Cuarto. El IFAI propone, también,
incrementar el número de causales
de reserva y deja la posibilidad de
que otra ley distinta a la federal pueda
clasificar genéricamente la información,
sin que en esos casos proceda la denominada
prueba de daño; es decir, la
fundamentación legal y motivación
ampliada, lo que otorga un cheque en
blanco para la opacidad. En por lo menos
la tercera parte de las leyes locales,
este asunto ha sido resuelto a favor
de la apertura.
Cinco.
El IFAI propone racionar el derecho
de acceso ahora reconocido, expresamente,
en el artículo 6º constitucional.
Con gran desparpajo establece en el
artículo 151, segundo párrafo,
de su propuesta que los "Comités
de Información, a solicitud de
la Unidad de Enlace, podrán desechar
solicitudes de información frívolas,
así como cuando su respuesta
implique la elaboración o revisión
de documentos o expedientes o la generación
de versiones públicas de los
mismos, en un número tal que
cause un entorpecimiento extremo que
suponga una disrupción sustancial
e irracional en las actividades del
sujeto obligado." ¿No es
el mejor camino para decirle a un solicitante
que no se le informa por ser "frívolo"
e "irracional"?¿El
gobierno va decidir ahora cómo
debe preguntarse y, sobre todo, a cuánta
información puede tener acceso
el gobernado? Sobra decir que ninguna
de las 32 leyes locales contiene semejante
redacción.
Seis.
El IFAI es obsequioso con el Ejército
y propone que no esté sujeto
a los criterios de acceso establecidos
en la ley, como sucede con la normativa
vigente. Le otorga, en cambio, un estado
de excepción para que decida
sólo frente a sí qué
es público y qué no lo
es, olvidando que el Ejército
es parte de la Secretaría de
la Defensa Nacional que, a su vez, integra
la Administración Pública
Federal.
Siete.
En el punto donde se fue la prensa con
la finta de la declaración patrimonial
de mandos superiores como un avance
democrático, cabe aclarar que
el IFAI habla de un "extracto".
En otras palabras, eso y nada es lo
mismo. Con esa información no
se puede saber cómo han evolucionado
los bienes del servidor público,
antes, durante y después del
encargo, habida cuenta que por extracto
cada quién va a publicar lo que
quiere, como sucede en la actualidad.
Ocho.
Por si lo anterior fuera poco, el IFAI
se despacha con la cuchara grande en
su propuesta. Propone en los transitorios,
que los actuales comisionados permanezcan
en sus cargos (para mantener la cómoda
mayoría de 4 a 1 del gobierno
federal). La presidencia del IFAI pasa
de 2 a 4 años y en los transitorios
sugieren que Alonso Lujambio siga sacrificándose
por la patria dos años más
como presidente. El conflicto de interés
lo envían al reglamento y no
lo definen claramente en la ley. Se
amplían sus plazos para resolver
hasta 50 días. No establecen
facultades sancionatorias para que el
IFAI pueda hacer eficaz la ley, tampoco
se introducen plazos para generar la
información declarada como inexistente
cuando la misma deba existir.
La
aprobación de la propuesta del
IFAI para reformar la normativa federal
de transparencia representa varios pasos
hacia atrás. Lo es por lo alevoso
de ese proyecto. Lo es también
porque puede generar un efecto dominó
que echaría por tierra el avance
que se ha logrado en los estados y en
el Distrito Federal en esta materia.
Es sabido que el ejemplo federal representa
un foco de atracción en los estados
difícil de sortear. Habrá
que ver si diputados y senadores honran
su compromiso con el interés
público, el cual pasa por un
efectivo escrutinio ciudadano y una
clara rendición de cuentas. En
todo caso, es mejor dejar las cosas
como están que dar el salto a
la opacidad que ahora el IFAI promueve
negándose a sí mismo.
Investigador
del Instituto de Investigaciones Jurídicas
de la UNAM.
Correo electrónico: evillanueva99@yahoo.com
Puede
citar este artículo de esta forma:
Villanueva, Ernesto, "El IFAI contra
sí mismo" en Por Esto!,
17 --II-- 2008, México, Opinión.