El
Universal, Editoriales, 18 de mayo
de 2007
Indicadores
de transparencia
Ernesto
Villanueva
El
derecho de acceso a la información
pública se ha convertido en México
en parte de la agenda democrática.
Esto es particularmente cierto si uno
se detiene a revisar cómo la
opinión pública y la nueva
pero creciente masa crítica han
influido sobremanera en los contenidos
jurídicos del derecho a saber.
De
tiempo atrás Perla Gómez,
coordinadora general de LIMAC, y el
autor de estas líneas consideraron
de interés público realizar
estudios que pudieran medir a través
de indicadores o parámetros de
referencia el nivel de cercanía
de una ley con los objetivos de esta
nueva institución jurídica.
En
otras palabras, cómo desde la
propia ley se puede favorecer el principio
de la máxima publicidad. Se ha
hecho lo propio ahora que está
una reforma constitucional al artículo
sexto en marcha (ya aprobada por el
Congreso de la Unión y sujeta
a la aprobación de por lo menos
17 congresos locales) que tiene como
propósito armonizar las leyes
en esta materia al introducir mínimos
atendibles y cuyo estudio será
publicado en breve.
Los
indicadores seleccionados abrevaron
de los distintos estándares que
se han formulado tanto fuera del país
como derivados de la propia experiencia
nacional en estos años.
Así,
los 17 indicadores tomados en cuenta
fueron los siguientes: a) sujetos obligados;
b) definiciones e interpretación,
c) cultura de la transparencia; d) información
de oficio; e) límites al derecho
de acceso a la información; f)
versiones públicas; g) máxima
publicidad; h) prueba de daño;
i) gratuidad de la información;
j) periodo de reserva; k) formas de
solicitud de acceso; l) hábeas
data o protección de datos
personales; ll) órgano garante;
m) afirmativa ficta; n) vías
de impugnación; o) formas de
control de la ley; y p) ámbito
temporal de validez.
Al
revisar las 33 leyes -estatales, del
Distrito Federal y la federal- a la
luz de los indicadores de referencia
se llegó a las conclusiones siguientes:
a) leyes donde se observa mayores garantías
de acceso a la información en
orden descendente: 1. Veracruz, 2. Distrito
Federal, 3. Campeche, 4. Morelos y 5.
Tabasco; y b) por el contrario, las
leyes donde se advierten menores garantías
para el derecho a saber son las que
a continuación se mencionan:
29. Guanajuato, 30. Tamaulipas, 31.
Puebla, 32. Guerrero y 33. Nuevo León.
De
estos datos cabe extraer algunas reflexiones.
Primera,
pone de relieve la interacción
social y su influencia en el tema. Veracruz,
por ejemplo, es un caso digno de mención,
toda vez que en el estudio anterior
realizado en su momento con un universo
de 25 leyes aprobadas en el país
aparecía en el último
lugar de la lista. Ahora se ha colocado
exactamente en el primer lugar al haber
reformado integralmente su legislación
sobre este rubro y después de
un largo proceso de análisis
y discusión donde participaron
organizaciones de la sociedad civil,
académicos, legisladores de todos
los partidos y el gobierno del Estado.
En la misma tónica se inscribe
la legislación del Distrito Federal,
pues de haber estado en los más
bajos lugares hoy se coloca en la segunda
posición.
Segunda,
la experiencia internacional y nacional
tuvo un impacto en las más recientes
leyes que aparecen en los primeros lugares
como son los casos de Campeche y Tabasco.
De las cinco leyes ubicadas en las mejores
posiciones en este estudio sólo
Morelos fue aprobada en la primera generación
de leyes de acceso.
Tercera,
el proceso de reforma constitucional
representa un escenario para mejorar
los estándares de las leyes existentes
no sólo para cumplir los mínimos
a que obliga el dictamen de la reforma
a la Constitución, sino para
buscar nuevos contenidos que privilegien
el acceso sobre la excepción.
En
este sentido, habría que reconocer
al congreso local de Tamaulipas que
si bien es verdad que cuenta con una
de las leyes ubicadas en los últimos
lugares, también lo es que ha
sido el primero en aprobar la reforma
constitucional, lo que pone de relieve
su voluntad política para el
cambio.
Investigador
del Instituto de Investigaciones Jurídicas
de la UNAM.
Correo electrónico: evillanueva99@yahoo.com
Puede
citar este artículo de esta forma:
Villanueva,
Ernesto, "Indicadores de transparencia"
en El Universal,
México, 18 -IV- 2007, Editoriales.